REQUISITOS PARA OBTENER LA PATENTE DE NOTARIO PUBLICO

 Para obtener la patente de Notario Titular se requiere:

 I. Tener registro de Aspirante, expedido por el Ejecutivo y encontrarse adscrito a una notaría, en los términos de la Ley;

 II. No haber sido condenado en sentencia ejecutoriada por delito doloso; 

III. Estar en pleno ejercicio de sus derechos y gozar de facultades físicas y mentales que no impidan el uso de sus capacidades intelectuales para el ejercicio de la función notarial, así como gozar de buena reputación personal y honorabilidad profesional; 

IV. Tener veintiocho años cumplidos y no más de setenta al momento de solicitar el examen; 

V. No haber sido separado o inhabilitado del ejercicio del notarial y registral dentro de la República Mexicana; 

VI. Haberse separado del ejercicio público, en caso de que dicho cargo esté vinculado al ámbito del notariado, cuando menos un día previo a la celebración del examen de oposición, sin que pueda ocupar un cargo relacionado con el notariado dentro de los dos años siguientes al día en que concluya su aplicación; 

VII. Solicitar la inscripción al examen de oposición, según la convocatoria expedida por el Ejecutivo y expresado su sometimiento a lo inapelable del fallo del Jurado; 

VIII. Efectuar el pago de los derechos que determine la ley respectiva; 

IX. Haber triunfado en la oposición correspondiente, en los términos del artículo 65 de esta Ley, y 

X. Rendir la protesta de Ley, lo que implica para quien la realiza la aceptación de la patente respectiva, su habilitación para el ejercicio notarial y su pertenencia al Notariado. 

Para acreditar los requisitos a que se refieren las fracciones anteriores, la convocatoria respectiva deberá prever las documentales necesarias para acreditar fehacientemente que se cumpla con los mismos en los términos de la Ley.