VOCACIÓN NATURAL: Condiciones que presenta un ecosistema para sostener una o varias actividades sin que se produzcan desequilibrios ecológicos.
FUENTE: Art. 5 de la Ley Ambiental de Protección a la Tierra de la CDMX. Ver ley.
VOCACIÓN NATURAL: Condiciones que presenta un ecosistema para sostener una o varias actividades sin que se produzcan desequilibrios ecológicos.
FUENTE: Art. 5 de la Ley Ambiental de Protección a la Tierra de la CDMX. Ver ley.