INTERSECCIONALIDAD

1.- Interseccionalidad. Los procesos a través de los cuales las identidades sociales múltiples convergen y en definitiva conforman las experiencias individuales y sociales, que permite establecer relaciones entre múltiples posiciones y categorías en la construcción de la identidad, escapando de la atención a una única categoría identitaria.

Fuente: Art. 2 de LEY SOBRE REFUGIADOS, PROTECCIÓN COMPLEMENTARIA Y ASILO POLÍTICO (Antes “Ley sobre Refugiados y Protección Complementaria”). Ver ley.

 

2.- INTERSECCIONALILDAD: Categoría de análisis para referir los componentes que confluyen en un mismo caso, multiplicando las desventajas y discriminaciones, Este enfoque permite contemplar los problemas desde una perspectiva integral, evitando simplificar las conclusiones y, por lo tanto, el abordaje de dicha realidad. Bajo la óptica de la interseccionalidad, todas las posibilidades de desigualdad, pueden coexistir en una sola persona, lo que las pone en un mayor riesgo de vulnerabildad.

FUENTE: INMUJERES. Glosario para la Igualdad.