Inviolabilidad. Prerrogativa de la que gozan los parlamentarios en virtud de la cual están exentos de responsabilidad por las manifestaciones escritas y orales que realicen en el transcurso de una sesión parlamentaria, así como por los votos que puedan emitir en las decisiones parlamentarias en las que participen
Fuente: Diccionario Parlamentario del Senado de España.