ASEGURADO
Asegurado: Persona expuesta a cualquier evento cubierto por esta Póliza con derecho a los beneficios de la misma. FUENTE: Glosario de la CONDUSEF México. Otros conceptos: COASEGURO REASEGURO
Asegurado: Persona expuesta a cualquier evento cubierto por esta Póliza con derecho a los beneficios de la misma. FUENTE: Glosario de la CONDUSEF México. Otros conceptos: COASEGURO REASEGURO
COMPAÑÍA: Es la persona moral, constituida de acuerdo a las leyes mexicanas aplicables a la materia como institución de seguros, que asume el riesgo amparado por la póliza. FUENTE: Glosario de la CONDUSEF México. Otros conceptos: ASEGURADO
COPAGO: Cantidad fija o porcentaje a cargo del Asegurado correspondiente a una parte de los gastos cubiertos. Dicha cantidad queda indicada en la carátula de la Póliza para los Gastos Médicos Preventivos y Correctivos o para los Gastos Dentales u Odontológicos Correctivos y Preventivos, en su caso. FUENTE: Glosario de la CONDUSEF México. Otros … Leer más
Consulta: Relación médico-paciente con el propósito de valorar el estado de salud del paciente. FUENTE: Glosario de la CONDUSEF México. Otros conceptos: CONSORCIO
CONTRATANTE: Persona física o moral señalada en la Póliza que ha solicitado la celebración del Contrato de Seguro para sí o para terceros, la cual se obliga a efectuar el pago de las Primas correspondientes al seguro. El Contratante podrá ser el propio Asegurado, en caso de que sea diferente, se hará constar en la Póliza su … Leer más
CONTRATO DE SEGURO: Documento donde se establecen los términos y condiciones celebradas entre el Contratante y la Compañía, así como los derechos y obligaciones de las partes. Este documento está integrado por las condiciones generales, la carátula de la Póliza, la Solicitud de Seguro y Endosos que se agreguen, los cuales constituyen prueba del Contrato … Leer más
DEDUCIBLE: Cantidad fija a cargo del Asegurado correspondiente a los primeros gastos cubiertos. Dicha cantidad queda indicada en la carátula de la Póliza. FUENTE: Glosario de la CONDUSEF México. Otros conceptos: REAFIANZAMIENTO
Es ejidatario el hombre y la mujer titular de derechos ejidales. FUENTE: Artículo 12 de la Ley Agraria de México.
Avecindado del ejido es aquel mexicano mayor de edad que ha residido por un año o más en las tierras del núcleo de población ejidal y que han sido reconocido como tal por la asamblea ejidal o el tribunal agrario competente. El avecindado goza de los derechos que la ley les confiere. FUENTE: Art. … Leer más
Son tierras ejidales son las que han sido dotadas al núcleo de población ejidal o incorporadas al régimen ejidal. FUENTE: Artículo 43 de la Ley Agraria de México.