DEMANDA A HEREDEROS
Solo puede demandarse el pago o cumplimiento de una obligación al deudor vivo o a su Sucesión a Bienes. Pero una vez adjudicados los derechos hereditarios a los herederos, ya no es posible pedir el pago a quienes se le adjudicaron los bienes o derechos, ya que pasaron a su patrimonio libres de cargas y … Leer más