Autonomía de Gestión: Potestad de las unidades administrativas para decidir sobre su funcionamiento interior y la correcta aplicación de los recursos que le sean asignados, quedando sujetas a lo establecido en la Ley de la Fiscalía General de la República, el presente Estatuto orgánico y demás normatividad aplicable.
FUENTE: ESTATUTO ORGÁNICO DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DE MÉXICO. DOF. 16/JUNIO/2023.