CONJUNTO HABITACIONAL MIXTO: Conjunto de viviendas que permite una mezcla más intensa de usos de suelo, pudiendo coexistir edificios de uso puramente habitacional, con otros de uso de oficinas, administrativos y de industria no contaminante.
FUENTE: Art. 5 de la Ley Ambiental de Protección a la Tierra CDMX. Ver Ley.