Especialidad. Prestar el servicio público ajustándose estrictamente a la competencia institucional establecida en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley de la Fiscalía General de la República y el ordenamiento jurídico.
FUENTE: ESTATUTO ORGÁNICO DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DE MÉXICO. DOF. 16/JUNIO/2023.