IMPORTADOR

1.- Importador: Persona física o moral que introduce al territorio nacional tejidos, despojos y harinas de origen animal o sus mezclas.

FUENTE: NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-060-SAG/ZOO-2020, ESPECIFICACIONES ZOOSANITARIAS PARA LA TRANSFORMACIÓN DE DESPOJOS ANIMALES Y SU EMPLEO EN LA ALIMENTACIÓN ANIMAL. D.O.F. 8/SEPT/2022.




2.- «Importador»: una persona física o jurídica ubicada o establecida en la Unión que introduzca en el mercado un sistema de IA que lleve el nombre o la marca de una persona física o jurídica establecida en un tercer país.

Fuente: REGLAMENTO (UE) 2024/1689 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 13 de junio de 2024, por el que se establecen normas armonizadas en materia de inteligencia artificial y por el que se modifican los Reglamentos (CE) n.o 300/2008, (UE) n.o 167/2013, (UE) n.o 168/2013, (UE) 2018/858, (UE) 2018/1139 y (UE) 2019/2144 y las Directivas 2014/90/UE, (UE) 2016/797 y (UE) 2020/1828 (Reglamento de Inteligencia Artificial). Ver.