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PARENTESCO POR AFINIDAD.

1 de junio de 2025 por tuabogadoenvivo

El parentesco por afinidad lo define el Código Civil Federal de la siguiente manera:

Artículo 294.- El parentesco de afinidad es el que se contrae por el matrimonio, entre el varón y los parientes de la mujer, y entre la mujer y los parientes del varón.

PARENTESCO POR CONSANGUINIDAD

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PARENTESCO POR CONSANGUINIDAD
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