Persona Afectada: Cualquier persona física o jurídica que alegue una vulneración a su derecho en relación con el bien objeto del procedimiento de extinción de dominio.
FUENTE: Art. 2 de la Ley Nacional de Extinción de Dominio en México. Ver ley.
Persona Afectada: Cualquier persona física o jurídica que alegue una vulneración a su derecho en relación con el bien objeto del procedimiento de extinción de dominio.
FUENTE: Art. 2 de la Ley Nacional de Extinción de Dominio en México. Ver ley.