PERSONA MAYOR: Aquella de 60 años o más, salvo que la ley interna determine una edad base menor o mayor, siempre que esta no sea superior a los 65 años. Este concepto hacía alusión a lo que antes se conocía como una persona adulta mayor.
Fuente: Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores.