RECONOCIMIENTO TÉCNICO: El reconocimiento que se realiza en el sitio donde pretende desarrollarse el programa, obra o actividad por los evaluadores de impacto ambiental y/o riesgo autorizados por la Secretaría para comprobar y
constatar el contenido de los estudios de impacto ambiental en sus diferentes modalidades, o de evaluación de daño ambiental.
FUENTE: Art. 5 de la Ley Ambiental de Protección a la Tierra de la CDMX. Ver ley.